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Ganemos La Carlota llevará una Moción a Pleno para que las empresas energéticas paguen una tasa por la ocupación de espacio publico

Ganemos La Carlota | 26 de enero de 2017

En el próximo pleno a celebrar el 30 de enero, Ganemos La Carlota va a llevar una moción para que las compañías energéticas paguen por usar el suelo público en que según Ganemos La Carlota “nos están robando y matando con facturas abusivas y cortes de luz, agua y demás derechos fundamentales”.

 

MOCIÓN PARA SOLICITAR AL AYUNTAMIENTO EL ESTUDIO Y POSTERIOR APROBACIÓN DE LA TASA DE APROVECHAMIENTO DE DOMINIO PÚBLICO A EMPRESAS ENERGÉTICAS

La Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que las empresas eléctricas, de gas, de agua e hidrocarburos deben pagar a los municipios a los que suministran por aire, suelo o subsuelo un 1,5% de su facturación en el término local. También establece como hecho imponible la ocupación las instalaciones que atraviesan los municipios aunque no les suministren. En concreto se encuentra recogido en el artículo 20 de dicho texto.

 

La tasa, en los ayuntamientos que la recogían en ordenanzas, no se recaudaba ya que las empresas no la reconocían o la consideraban desproporcionada. Hasta ahora la justicia había desestimado los recursos de los ayuntamientos, pero en las últimas sentencias dictadas por el Supremo se han legitimado legalmente las ordenanzas fiscales de 3 ayuntamientos (Arteixo, Serradilla y Villalcampo) en esta materia, aceptando la valoración de dichos ayuntamientos de las líneas eléctricas y las canalizaciones como construcciones a efectos de cálculo de la base imponible de la tasa por utilización del dominio público.

 

La tasa, en los ayuntamientos que la recogían en ordenanzas, no se recaudaba ya que las empresas no la reconocían o la consideraban desproporcionada. Hasta ahora la justicia había desestimado los recursos de los ayuntamientos, pero en las últimas sentencias dictadas por el Supremo se han legitimado legalmente las ordenanzas fiscales de 3 ayuntamientos (Arteixo, Serradilla y Villalcampo) en esta materia, aceptando la valoración de dichos ayuntamientos de las líneas eléctricas y las canalizaciones como construcciones a efectos de cálculo de la base imponible de la tasa por utilización del dominio público.

 

El cálculo de las tarifas de la tasa se ha realizado de acuerdo con un estudio técnico-económico que se sustenta en un informe tipo realizado para la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). La cuota a pagar se sitúa en una horquilla entre 3.000 euros y 12.000 euros por metro lineal según el tipo de tensión -baja, media o alta-. En lo que respecta al gas, oscila entre los 500 euros y los 4.000 euros.

 

El Tribunal Supremo concluye considerando una tasa de ese tipo “de todo punto ajustada a las exigencias legales”.

 

Por todas estas razones proponemos los siguientes ACUERDOS:

 

1.         Pedir a la FEMP una copia del informe que avala la legalidad de dichas tasas y recoge la forma de calcular la tarifa.

2.         Realizar un estudio técnico de las construcciones que pasan por el término municipal de La Carlota y que se recogen en la Ley Reguladora de Haciendas Locales en su Artículo 20.3 en el apartado k.

3.         Realizar un estudio económico basado en el informe de la FEMP y el estudio técnico para comprobar el impacto económico en los ingresos del ayuntamiento.

4.         Desarrollar la propuesta de ordenanza para el establecimiento de la tasa por ocupación de dominio público a las construcciones de las empresas distribuidoras de energía basada en los informes previos.

 
 
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